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El 2 de agosto de 2026 comienzan la supervisión del artículo 4 y las obligaciones de transparencia del artículo 50 del Reglamento de IA.

¿Tu empresa usa IA? El Reglamento de IA ya te afecta.

Si tu equipo usa ChatGPT, Copilot o un chatbot en la web, tienes obligaciones desde el 2 de agosto de 2026. Descúbrelas en 2 minutos, sin consultores.

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Lo que toda empresa debe tener

Tres piezas de documentación que la mayoría de empresas que usan IA todavía no tiene, y que un inspector o un cliente puede pedir en cualquier momento.

Registro de sistemas de IA

Un inventario de qué sistemas de IA usa tu empresa, para qué los usa cada equipo y qué proveedor hay detrás. Es la base documental que te van a pedir en cualquier auditoría o inspección.

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Política de uso de IA

Un documento interno que fija qué puede y qué no puede hacer tu equipo con herramientas de IA: qué datos no se pueden introducir, qué herramientas están aprobadas y quién responde si algo sale mal.

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Avisos de transparencia (artículo 50)

Textos obligatorios que informan a las personas cuando interactúan con un chatbot, reciben contenido generado por IA o son objeto de un sistema de reconocimiento de emociones. Se muestran en tu web o producto, no solo en un documento interno.

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¿Qué multas hay?

El Reglamento de IA distingue entre dos tipos de obligación con consecuencias muy distintas.

Artículo 50: avisos de transparencia

Incumplir las obligaciones de transparencia del artículo 50 (no avisar de que se habla con un chatbot, no etiquetar contenido generado por IA) puede sancionarse con hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación mundial anual de la empresa, lo que sea mayor.

Artículo 4: alfabetización en IA

El artículo 4 obliga a garantizar que las personas que usan o supervisan sistemas de IA tienen la formación adecuada. No lleva asociada una multa específica, pero está sujeto a la supervisión de las autoridades de mercado y puede usarse como prueba en procedimientos de protección de datos o de responsabilidad civil.

Preguntas frecuentes

¿A quién aplica el Reglamento de IA?

Aplica a cualquier empresa que use, desarrolle o distribuya sistemas de IA en la Unión Europea, sea cual sea su tamaño o sector. No hace falta ser una empresa tecnológica: si tu equipo usa ChatGPT, Copilot o un chatbot para atender clientes, ya estás dentro del ámbito de la norma.

¿Qué es un "deployer"?

Un "deployer" (responsable del despliegue) es cualquier organización que usa un sistema de IA bajo su propia autoridad, aunque no lo haya desarrollado ella misma. La mayoría de las empresas que usan herramientas de IA de terceros son deployers, no proveedores, pero eso no las exime de tener obligaciones propias.

¿Aplica a autónomos?

Sí. El Reglamento no exime a autónomos ni a pequeñas empresas por su tamaño. Si un autónomo usa una herramienta de IA para atender a clientes o generar contenido de forma habitual, las mismas obligaciones de transparencia y alfabetización en IA le aplican, aunque su implementación pueda ser más sencilla que en una gran corporación.

¿Qué pasó con el aplazamiento de 2026?

El paquete conocido como Digital Omnibus retrasó algunos plazos del Reglamento: las obligaciones para sistemas de alto riesgo se mueven a diciembre de 2027 y agosto de 2028 según el caso. Ese aplazamiento no afecta al artículo 4 (alfabetización en IA) ni al artículo 50 (transparencia), que mantienen su fecha de aplicación del 2 de agosto de 2026.

¿Esto sustituye a un abogado?

No. Esta herramienta te ayuda a entender qué obligaciones te aplican y a generar una primera versión de tu documentación en minutos, pero es una orientación general, no asesoramiento jurídico. Para casos complejos o de alto riesgo, conviene contar con un abogado especializado.